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ISSN:
3073
-
1275
155
Artículo
Conflicto entre los derechos de acceso a la información y la
privacidad
Conflict between rights of access to information and privacy
Jadira Estefanny
Ochoa Rivadeneira
1
*
y
Juana de Jesus
Ochoa Soledispa
2
1
Universidad Laica Eloy Alfaro de Manabí
,
Ecuador
,
Manta
;
https://orcid.org/0009
-
0008
-
1567
-
8187
2
Universidad Laica Eloy Alfaro de Manabí
,
Ecuador
,
Manta
;
https://orcid.org/0009
-
0002
-
1668
-
1130
;
juana.ochoa@uleam.edu.ec
*
Correspondencia
:
e2350461428@live.uleam.edu.ec
https://doi.org/10.70881/hnj/v4/n1/106
Resumen:
Esta investigación se centra en el conflicto que existe entre el
derecho de acceso a la información pública y el derecho a la privacidad en
Ecuador, dos garantías esenciales para el buen funcionamiento de la
democracia, la transparencia y la prote
cción de la dignidad de las personas.
Se consultaron fuentes jurídicas oficiales y jurisprudencia relevante, se
aplicaron encuestas a 34
6
personas y se interrelacionaron los diversos
enfoques, que hacen los encuestados de la eficacia de la protección juríd
ica
existente. La mayoría de los encuestados se siente muy inquietos por la
privacidad de su información, además de que no confían en las compañías
para manejar los datos que les son confiados, según lo evidencian los
resultados. Examinar estos elementos d
emuestra que es necesario hallar un
equilibrio auténtico entre la defensa de la privacidad y la transparencia. Para
lograrlo, es esencial contar con regulaciones más transparentes, fomentar la
educación digital de los usuarios y crear procedimientos de con
trol que sean
simples pero efectivos al mismo tiempo. En conclusión, garantizar la
privacidad sin sacrificar la transparencia requiere un enfoque integral y
responsable, que incorpore la dimensión ética en el manejo de los datos y
que, al mismo tiempo, for
talezca la confianza de la ciudadanía
.
Palabras clave:
Privacidad;
transparencia;
acceso a la
información;
protección
Abstract:
This research looks at the tension between access to public information
and the right to privacy in Ecuador, two
principles that play a key role in democratic
life, transparency, and the protection of human dignity. To better understand this
issue, official legal documents and relevant court rulings were reviewed, and surveys
were carried out with 34
6
participants. B
ringing these elements together made it
possible to identify people’s main concerns. The results show that most participants
are genuinely worried about the safety of their personal data and feel uncertain about
the way companies handle the information the
y are entrusted with. Overall, the
analysis points to the need for a more balanced approach that respects both
transparency and privacy. Achieving this balance requires clearer rules, better digital
awareness among users, and practical control mechanisms t
hat are easy to
understand and use. In conclusión, ensuring privacy without sacrificing transparency
requires a comprehensive and responsible approach that incorporates the ethical
dimension in data management and, at the same time, strengthens trust.
Ke
ywords
:
Privacy;
transparency
;
acces to information; protection.
Cita:
Ochoa Rivadeneira,
J.
E., & Ochoa Soledispa,
J. de J. (2026). Conflicto
entre los derechos de
acceso a la información y
la privacidad.
Horizon
Nexus Journal
,
4
(1), 155
-
164.
https://doi.org/10.708
81/hnj/v4/n1/106
Recibido:
02
/
02
/20
26
Revisado:
06
/
03
/20
26
Aceptado:
09
/
03
/20
26
Publicado:
1
2
/
03
/20
26
Copyright:
© 202
6
por los
autores
.
Este artículo es un
artículo de acceso abierto
distribuido bajo los
términos y condiciones de
la
Licencia Creative
Commons, Atribución
-
NoComercial 4.0
Internacional.
(
CC BY
-
NC
)
.
(
https://creativecommons.
org/licenses/by
-
nc/4.0/
)
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1. Introducción
El reconocimiento y la garantía de los derechos fundamentales se han convertido en
uno de los pilares que integran un Estado constitucional de derecho en la actualidad. Es
por esto que el derecho a la intimidad y el derecho al acceso a la información públi
ca
constituyen derechos fundamentales profundamente interrelacionados con la dignidad
humana, la democracia y el control sobre las autoridades
(Hernandez, Moscoso, &
Alvarez, 2025)
.
Sin embargo, no siempre coexisten de forma a
rmónica; más a menudo
se ven en conflicto, puesto que la aplicación de uno puede afectar el ejercicio de los
derechos de otro, complicando las decisiones sociales, éticas o jurídicas al respecto
(Rodas, Alomoto, & Alvarado, 2025)
.
En Ecuador, el reconocimiento de los derechos fundamentales se ha modificado
drásticamente a comparación de lo que proclamaba la Constitución de 2008, que
estableció un Estado constitucional de derechos y justicia. Sin embargo, el derecho al
acceso a
la información pública, así como el derecho a la privacidad, desempeñan un
papel especial entre ellos, los dos son vistos como garantías del funcionamiento de la
democracia, la transparencia y la dignidad humana
(Rodas, Alomoto, &
Alvarado, 2025)
.
Al hablar de derecho a la información pública se menciona que es la libertad de acceso
a la información que tiene que ver con la capacidad de la población de conocer lo que
están haciendo las instituciones del Estado, el uso de su rec
urso y las decisiones que
tengan impacto directo en la vida colectiva. Es relevante porque, asimismo, fortalece el
derecho de la población de pedir cuentas e impone en la resolución de la opacidad
institucional, algo bastante considerado en un país que exi
ge transparencia
(Rivera &
Maldonado, 2023)
La implementación de plataformas digitales, genera retos tanto éticos como legales
especialmente cuando se trata de la protección de los servidores públicos. Si bien el
derecho de ac
ceso a la información es un derecho fundamental este no es absoluto y
debe de guardar equilibrio con el derecho a la intimidad, principalmente cuando la
divulgación involucra aspectos de la vida personal que no guardan relación con el
ejercicio de las func
iones públicas.
(Salvador & Issa, 2006)
.
Se brinda una perspectiva equilibrada y profunda acerca de la violación del derecho a
la privacidad en el contexto de Ecuador. Se prevé que los descubrimientos no solo
posibiliten una comprensión más profunda de los retos de la privacidad digital en
Ecuador, sino que además promuevan un diálogo productivo y una reflexión común
acerca de lo fundamental que es salvaguardar este derecho en un contexto tecnológico
que está e
n constante cambio. En última instancia, el propósito de esta investigación es
enriquecer la discusión y guiar acciones que ayuden a mantener la privacidad en la
época digital, lo cual beneficiará a toda la sociedad (
Kong & Kaabi, 2025).
El propósito centr
al de este trabajo es aproximarse al conflicto que se presenta entre el
derecho a la privacidad y el derecho de acceso a la información pública en Ecuador, de
forma comprensible y reflexiva, considerando que ambos son fundamentales para una
sociedad democr
ática y para salvaguardar la dignidad humana.
Para conseguirlo de
manera específica se plantean primero, examinar de manera clara y comprensible cómo
la Constitución, las leyes y las decisiones judiciales de Ecuador regulan estos derechos
en la práctica,
también identificar situaciones cotidianas y casos particulares donde la
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necesidad de transparencia entra en conflicto con la privacidad de las personas,
revelando sus verdaderos efectos en la sociedad y por último, ofrecer ideas que faciliten
el ejercicio
de estos derechos con sensibilidad y equilibrio, promoviendo una cultura de
información abierta que mantenga siempre presente el respeto a los derechos
individuales e íntimos de cada ciudadano.
2. Materiales y Métodos
El artículo se desarrolla a partir de
una metodología cualitativa que busca comprender
el problema desde una perspectiva integral. Para ello, se emplean métodos como el
analítico sintético, que ayuda a descomponer y luego integrar los conceptos clave,
orientando a interpretar las normas juríd
icas más relevantes; y el inductivo, que parte de
casos concretos para llegar a conclusiones generales.
Se utilizaron fuentes jurídicas oficiales como:
•
La Superintendencia de la Información y Comunicación (SUPERCOM). Esta
revisión permitió conocer de prime
ra mano las leyes, reglamentos y políticas
públicas vigentes en materia de privacidad y protección de datos personales.
•
Asimismo, se revisaron casos judiciales relevantes, lo que ayudó a comprender
cómo los tribunales ecuatorianos han aplicado en la prácti
ca normas como la
Constitución de la República, el Código Orgánico Integral Penal y la Ley
Orgánica de Protección de Datos Personales frente a situaciones reales de
vulneración de la privacidad en el entorno digital.
Según Sampieri, Collado y Lucio (2014),
se indica de forma complementaria que la
investigación se apoyó en el análisis de datos obtenidos a través de encuestas, con el
objetivo de acercarse a la realidad desde la experiencia y percepción de las personas.
Estos datos fueron analizados combinando
herramientas cuantitativas, como
estadísticas descriptivas y análisis de correlación.
Este enfoque holístico hizo posible que se desarrollará un entendimiento amplio, robusto
y contextual acerca de la situación de la privacidad y la protección de datos pe
rsonales
en Ecuador.
En este estudio se utilizó la encuesta como principal herramienta de recolección de
información, tomando como referencia el instrumento elaborado por Rivera y Maldonado
(2023). El cuestionario fue aplicado a 343 personas,
distribuidas en 168 habitantes de
la parroquia Rio verde en la ciudad de Santo Domingo y 175 habitantes de la comunidad
el Beaterio de la ciudad de Quito. Por lo que a través de sus respuestas se buscó
conocer de manera directa sus percepciones y experienc
ias, con el objetivo de
comprender mejor cómo se viven y se ponen en juego los derechos de acceso a la
información y a la privacidad en situaciones concretas.
3.
Resultados
Las preguntas se formularon con el objetivo de saber cuánto conocimiento tienen sob
re
las políticas de privacidad, además de recopilar experiencias en relación con el uso y la
protección de sus datos personales. Asimismo, se les permitió expresar cómo perciben
los peligros y las amenazas a su privacidad, también cuáles son los temas que
les
preocupan más en relación con este derecho fundamental.
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L
os resultados obtenidos de la encuesta realizada a las 346 personas
indico que el
83,4% que si le inquieta la privacidad de su información. Este hallazgo indica que una
gran cantidad de usuarios
siente que su información personal puede estar expuesta o
en riesgo dentro del entorno. Por otro lado, un 16,6 % indicó no sentirse particularmente
preocupado; esto podría ser resultado de una confianza excesiva en la seguridad de los
sistemas o de una esc
asez de información sobre el asunto.
Además, e
l 38,8 % de los
encuestados indico que alguna vez sufrió robo de información personal. A pesar de que
el 61,2% no ha experimentado este tipo de circunstancias, el número de casos
documentados suscita inquietud
y enfatiza la necesidad urgente de fortalecer las
medidas de protección y seguridad en el entorno.
Se
muestra
también
un considerable grado de desconfianza hacia la manera en que las
empresas gestionan los datos de sus usuarios, lo que evidencia la necesid
ad de una
regulación más clara sobre el uso de datos por parte del sector privado, así como de
mecanismos de control más eficaces y mayor transparencia.
El 69,4 % de ellos
reconocieron que no están al tanto de las condiciones y términos de privacidad de la
s
plataformas que utilizan diariamente. Este resultado pone de manifiesto una significativa
falta de información, dado que muchas personas aceptan estas políticas sin leerlas, lo
cual disminuye su capacidad para tomar decisiones con pleno conocimiento sobr
e la
gestión y protección de sus datos personales.
El
77% si admitieron haber autorizado el acceso a información personal sensible, como
su localización o lista de contactos. Este resultado revela una situación común, a pesar
de que hay inquietud acerca de
la privacidad, en realidad muchos usuarios acaban
compartiendo información por necesidad o comodidad, sin pensar completamente en
las consecuencias potenciales.
Se menciona también
que las leyes actuales no ofrecen
una protección adecuada a la
privacidad en Internet. Esta percepción evidencia que hay
una impresión generalizada de que las normas vigentes no son capaces de abordar los
problemas del entorno digital, lo cual resalta la importancia de fortalecer los marcos
jurídicos y garantizar su i
mplementación efectiva ante los nuevos retos tecnológicos.
El sentimiento de que los mecanismos legales actuales no son suficientes para proteger
debidamente la privacidad de las personas, así como el temor ante el rápido progreso
de la tecnología, se mani
fiestan en este amplio consenso.
El 58,3 % de los encuestados
expresó su desacuerdo con el monitoreo estatal, lo que indica una clara inquietud por la
posible vulneración a la privacidad individual y el uso excesivo del poder. Este resultado
evidencia la t
ensión entre la protección de las libertades individuales y la necesidad de
seguridad, que es un debate fundamental en el derecho digital contemporáneo.
Las
respuestas indican que, aunque la mayoría de los individuos considera esencial
fortalecer las leyes
, también enfatizan lo importante que es optimizar la educación digital
y otorgar a los usuarios más control sobre su información personal. Esto demuestra que
proteger la privacidad no se consigue con una sola medida, sino que necesita un
enfoque integral
que incluya normas claras, ciudadanos informados y un compromiso
auténtico de las instituciones.
4.
Discusión
Las personas encuestadas viven con una preocupación constante por proteger su
privacidad cuando usan plataformas digitales o comparten información
y datos
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personales. Esto se refleja en el recelo que sienten al compartir información personal y
en la percepción extendida de que muchas empresas no cuidan adecuadamente este
derecho (Rojas & Ruia, 2025).
No obstante, los resultados también muestran una
realidad muy humana y cotidiana,
aunque existe conciencia sobre los riesgos, en la práctica muchas personas terminan
permitiendo el acceso a datos sensibles, como la ubicación o los contactos, ya sea por
comodidad, necesidad o falta de información clara, s
in detenerse siempre a pensar en
las posibles consecuencias (Rodas, Alomoto, & Alvarado, 2025)
Los resultados muestran que muchas personas sienten que las leyes no las protegen
cuando proporcionan datos personales. A esto se suma que, en la mayoría de los
casos,
no se entienden bien los términos y condiciones de las plataformas, lo que hace que se
acepten decisiones sin tener claro qué pasa con los datos personales. Esta realidad deja
claro que se necesita una regulación más fuerte, mayor control y más tran
sparencia
para proteger mejor a los usuarios en el entorno digital.
Derecho de acceso a la información y vida privada
Una de las garantías más relevantes con rango constitucional en Ecuador, alineada con
tratados y convenciones
internacionales de derechos humanos, es la Acción de
Protección, contemplada en el Título II, Sección II, Capítulo III, artículo 39 de la Ley
Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional. Esta herramienta
permite a los ciudadanos protege
r de manera inmediata sus derechos frente a
violaciones u omisiones de estos, asegurando su resarcimiento y salvaguarda (Rivera
& Maldonado, 2023).
Chomanski y Lauwaert (2025) destacan que la Constitución a diferencia de la relación
entre privacidad y libe
rtad de información, parece ubicar la intimidad más allá del
alcance del principio de publicidad que rige los órganos estatales. Esto se comprende
teniendo en cuenta que la publicidad estatal está regulada sobre todo por el artículo Art.
18 de la Constituc
ión y de la Ley Organica de Acceso a la Información Pública Art. 10,
lo cual garantiza que el derecho a la vida privada permanezca inalterable y no sea
perjudicado por el acceso a la información pública.
Robles (2006), menciona que estos principios se desa
rrollan de manera práctica a
través de leyes nacionales, como la Ley Orgánica de Transparencia y Acceso a la
Información Pública en Ecuador, que establece los métodos para acceder a información
pública y detalla las excepciones relacionadas con datos perso
nales y con la seguridad
nacional. No obstante, en la práctica estas regulaciones representan retos, sobre todo
cuando se trata de funcionarios públicos, quienes por su posición tienen que someterse
a un mayor escrutinio, pero sin que eso signifique una en
trega automática de su
privacidad
Las resoluciones de la Corte Constitucional ecuatoriana han desempeñado un papel
esencial en la interpretación y el balance de estos derechos en circunstancias de
conflicto. En la resolución N°.839
-
14
-
EP/21, el tribunal s
ubrayó la necesidad de
Asegurar el acceso a la información con el fin de robustecer la democracia,
determinando que este derecho tiene que ser ejercido de manera responsable,
particularmente cuando hay un peligro de poner en riesgo la privacidad de las per
sonas
(Rodas, Alomoto, & Alvarado, 2025).
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La sentencia N°. 839
-
14
-
EP/21 de la Corte Constitucional del Ecuador se establece
como un modelo en la comprensión del derecho a la información en el contexto de la
democracia. En esta decisión, la Corte destacó qu
e acceder a la información pública es
una base esencial para la transparencia y la rendición de cuentas en un sistema
democrático (Rodas, Alomoto, & Alvarado, 2025).
Alcance del derecho a la información
Se comprende el derecho a la información como la habi
lidad de las personas para
acceder a datos de interés público, lo cual fomenta que los ciudadanos pidan cuentas y
hace más transparente la administración del Estado (Kucharczyk & Joachymczyk,
2021).
Para prevenir conflictos con otros derechos fundamentales
, sobre todo con el derecho
a la intimidad, el derecho a la información tiene restricciones. Estos límites incluyen
datos personales, información clasificada por seguridad nacional y documentos
vinculados a investigaciones judiciales en proceso. Su meta es
salvaguardar la dignidad
y los derechos humanos, alcanzando un balance entre lo privado y lo transparente.
(Rojas & Ruia, 2025).
De acuerdo con la Corte Constitucional del Ecuador, el acceso a
la información pública es una herramienta clave para prevenir l
a corrupción y fortalecer
un gobierno transparente. Sin embargo, este derecho debe ejercerse con
responsabilidad, respetando las normas que protegen la privacidad de las personas
involucradas. En este contexto, tanto las leyes como las decisiones judiciale
s buscan
equilibrar la transparencia con la protección de la vida privada, garantizando un uso justo
y adecuado de la información por parte de la ciudadanía y de los funcionarios públicos
(Rivera & Maldonado, 2023).
El derecho a la privacidad y el derecho
de acceso y libertad de expresión no son
excluyentes en términos conceptuales. Sin embargo, la promoción del debate sobre
temas públicos o la publicidad de los órganos estatales, que se deriva de estos dos
últimos derechos, no pueden ser vistos como un bie
n jurídico superior que justifique
sacrificar la privacidad. Asociar el valor que promueve un derecho con un bien superior
de otro derecho perjudica la visión del interés público real, porque de alguna manera
está vinculado con el ejercicio de uno de los d
erechos (Salvador & Issa, 2006).
Alcance del derecho a la intimidad
La vida personal de cada persona está protegida por el derecho a la intimidad, que
permite a cada uno salvaguardar elementos como sus preferencias, creencias,
comunicaciones privadas y rel
aciones familiares. Esta prerrogativa básica cuenta con el
apoyo de varios instrumentos internacionales, como el artículo 12 de la Declaración
Universal de Derechos Humanos, que prohíbe toda intervención arbitraria en la vida
privada de los individuos (Xu,
Jug & Tamo Larrieux, 2024).
El derecho a la privacidad en la legislación ecuatoriana
En Ecuador, el derecho a la privacidad se reconoce y se protege como un derecho
fundamental de todos los ciudadanos. La Constitución de la República del Ecuador
incluye v
arias disposiciones destinadas a garantizar y resguardar este derecho, tanto en
el ámbito digital como en otros contextos de la vida cotidiana.
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El Código Orgánico Integral Penal (COIP) del Ecuador defiende el derecho a la
privacidad y determina castigos p
ara aquellos que lo infrinjan. Esto comprende
actividades como examinar, registrar, replicar o distribuir datos de carácter personal,
además de mensajes, audios, videos, correspondencia u otros tipos de comunicación
privada.
De igual manera, esta disposic
ión protege la correspondencia personal, al prohibir su
apertura, sustracción o destrucción sin el consentimiento del destinatario. Cuando se
interceptan o alteran emails, mensajes o comunicaciones en línea, su uso se amplía al
ámbito digital, salvaguardan
do así la privacidad de las personas ante actos ilegales
(Código Orgánico Integral Penal (COIP), 2014).
El a
rtículo 179: determina que cualquier individuo que, debido a su puesto, trabajo o
profesión, tenga conocimiento de un secreto cuyo descubrimiento pu
eda perjudicar a
alguien y lo revele al público, puede ser condenado con una pena de seis meses a un
año de prisión. Si el secreto tiene importancia para el interés público, no se considera
un delito. Asimismo, la divulgación sin consentimiento de contenid
o digital íntimo de
alguien más ya sean videos, audios, imágenes, correos electrónicos o mensajes puede
ser sancionada con una condena que va de uno a tres años de cárcel. De este modo se
protege la privacidad y la integridad personal frente a la diseminac
ión no autorizada de
información delicada (Código Orgánico Integral Penal (COIP), 2014).
Según lo estipulado en el artículo 180 del Código Penal, la divulgación de información
que no se puede compartir libremente puede conllevar una pena de prisión de uno
a
tres años. La información de circulación restringida es la que la ley protege mediante
cláusulas de confidencialidad, además de la producida por la Fiscalía durante las
investigaciones correspondientes y cualquier dato sobre menores que pueda violar sus
derechos conforme al Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia (Código Orgánico
Integral Penal (COIP), 2014).
A pesar de que hay un interés legítimo en informar a la ciudadanía sobre cómo se
desempeñan sus funciones, esto no debería permitir que se invad
a su vida privada.
Cuestiones personales como la intimidad, la familia o la vida sexual no deberían ser
divulgadas a menos que tengan una relación directa con un delito (Piñar, Duprat, &
Rodota, 2014).
Aunque la norma no señala de manera expresa que estos
hechos puedan involucrar
aspectos protegidos por la vida privada, esta interpretación se desprende de forma
implícita, ya que la propia disposición excluye del interés público la difusión de
información sensible relacionada con la intimidad personal (Villa
nueva, 2006).
5.
Conclusiones
La investigación permitió ver de manera clara que, en Ecuador, el conflicto entre el
derecho de acceso a la información y el derecho a la privacidad no es algo lejano, sino
una situación que cada vez se hace más evidente, sobr
e todo en el mundo digital, donde
la transparencia y el manejo de los datos personales a menudo chocan.
Al analizar el marco constitucional, se observa que, a pesar de que en Ecuador hay
regulaciones diseñadas para salvaguardar la privacidad y asegurar el
acceso a los
datos, estas no han sido suficientes ante el avance acelerado de la tecnología y las
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novedosas maneras de gestionar la información personal. Esta situación ha generado
brechas en la regulación y ha hecho que un gran número de personas sientan
que su
información no está realmente protegida ni segura.
En la vida cotidiana, numerosas personas proporcionan sus datos personales sin saber
con certeza para qué se utilizarán ni quién tendrá acceso a ellos. La ausencia de control
complica la protección
de la privacidad y, al mismo tiempo, impacta la confianza que las
personas tienen en las entidades públicas y privadas responsables de gestionar esos
datos.
Es esencial establecer directrices claras y justas que permitan la implementación
efectiva de
los dos derechos, basándose en reglas más firmes, en la educación digital
de la población y en sistemas de control que sean fáciles de usar y accesibles. Estas
medidas ayudarían a asegurar que la gestión pública sea transparente, sin comprometer
la dignida
d, la intimidad ni los derechos fundamentales de las personas.
Contribución de los autores:
Conceptualización,
JEOR
. y
JJOS
.; metodología,
JEOR
.
y
JJOS
.; software,
JEOR
.; validación,
JJOS
.; análisis formal,
JJOS
.; investigación,
JEOR
. y
JJOS
.; recursos,
JEOR
. y
JJOS
.; redacción del borrador original,
JEOR
. y
JJOS
.; redacción, revisión y edición,
JEOR
. y
JJOS
.; visualización,
JEOR
. y
JJOS
.;
supervisión,
JEOR
. Todos los autores han leído y aceptado la versión publicada del
manuscrito.
Financiam
iento:
El proceso investigativo no ha recibido financiación externa.
Conflicto de intereses
: Los autores declaran no tener ningún conflicto de intereses
Declaración de disponibilidad de los datos:
Los datos están disponibles previa
solicitud a los autores
de correspondencia:
e2350461428@live.uleam.edu.ec
Referencias Bibliográficas
Hernandez, G., Moscoso, R., & Alvarez, J. (Junio de 2025). Protección de datos
personales y derechos humanos en Ecuador: Desafíos en la era de la inteligencia
artificial y la digitalización.
Revista Multidisciplinaria de Investigación Cientifica
,
págs. 2
-
4
.
Palomares, H.
(2018).
Transparencia y acceso a la información en el sector
público:
( ed.). LA LEY Soluciones Legales S.A.
Piñar, J., Duprat, J., & Rodota, S. (2014).
Derecho administrativo: transparencia,
acceso a la información y protección de
datos.
Madrid: Editorial Reus.
Prado, G. (2009).
Los derechos fundamentales y la aplicación en la justicia
constitucional.
El Cid Editor.
Rivera, Y., & Maldonado, L. (01 de Septiembre de 2023). Vulneración del
derecho a la privacidad dentro de la era digit
al en el Ecuador.
Ciencias Sociales
y Politica
, pág. 3.
Horizon Nexus Journal
Horizon Nexus Journal | Vol.0
4
| Núm 0
1
|
Ene
–
Mar
| 202
6
| www.horizonnexusjournal.editorialdoso.com
163
Rodas, J., Alomoto, M., & Alvarado, L. (29 de Abril de 2025). El derecho a la
información frente al derecho a la intimidad.
Revista de Investigación en Ciencias
Juridicas
, págs. 2
-
3.
Rojas, A., & Ruia
, J. (Noviembre de 2025). El acceso a la información pública
frente al manejo de datos personales en la función Judicial.
Revista Sociedad &
Tecnología
, pág. 3.
Salvador, N., & Issa, L. (2006).
Dereecho de acceso a la información publica
parlamentaria.
Mex
ico: Editorial Miguel Angel Porrua.
Villanueva, E. (2006).
Derecho de acceso a la información en el mundo.
Mexico:
Editorial Miguel Angel Porrua.
Kong, P., & Kaabi, J. (2025).
Privacidad en constante cambio: Una revisión
sistemática de 35 años sobre la evo
lución jurídica, la eficacia y los desafíos
globales (enfoque en EE. UU. y la UE con comparaciones internacionales)
.
Journal of Cybersecurity and Privacy, 5
(4), 103.
Chomanski, B., & Lauwaert, L. (2025).
Privacidad digital y derecho: El desafío de
la
captura regulatoria.
IA y Sociedad, 40
, 2777
–
2787.
Kucharczyk, K., & Joachymczyk, P. (2021).
El derecho a la privacidad y la
protección de datos personales en la era de las nuevas tecnologías.
Revista
Científica de la Facultad de Finanzas y Derecho de Biel
sko
-
Biala, 25(4), 23
–
28.
Sianipar, K. R. D., Rahmayanti, R., & Gultom, A. (2025). Protección de los
derechos de privacidad en la era digital: entre la ciberseguridad y la libertad de
información.
Revista Internacional de Derecho y Sociedad, 2
(3), 247
–
252.
Xu, I., Jug, Ž., & Tamo
-
Larrieux, A. (2024).
A cross
-
cultural analysis of
transparency: The interplay of law, privacy policies, and user perceptions
.
International Data Privacy Law, 14
(3), 197
–
222.
Asamblea Nacional. (2009). Ley Orgánica De Garantías Jurisdiccionales y
Control Constitucional.
[Organic Law on Jurisdictional Guarantees and
Constitutional Oversight]. Ley 0 Registro Oficial Suplemento 52 de 22
-
oct
-
2009
Estado: Vigente.
Asamblea Nacional
Constituyente de la República del Ecuador, (2008).
Constitución de la República del Ecuador. [Constitution of the Republic of
Ecuador]. Montecristi. Registro Oficial 449 de 20
-
oct
-
2008.
Rodríguez, M. (2020). Gestión ética de la información pública. Derech
o y
Sociedad, 32(4), 120
–
135.
Astudillo, J. (2020). El derecho a la vida privada de los funcionarios públicos
frente al derecho de acceso a la información pública. Un estudio a la luz de la
jurisprudencia del Consejo para la Transparencia en Chile. Derecho
Global.
Estudios sobre Derecho y Justicia, 5(15), 89
–
112.
Horizon Nexus Journal
Horizon Nexus Journal | Vol.0
4
| Núm 0
1
|
Ene
–
Mar
| 202
6
| www.horizonnexusjournal.editorialdoso.com
164
Ponjuán, G. (2020). La otra cara de la información: La desinformación y la
información imprecisa como retos para la gestión de la información institucional.
Revista Cubana de Información en Ciencia
s de la Salud.
Ley Orgánica de Protección de Datos Personales. (2021). Registro Oficial
Suplemento 140, 10 de junio de 2021.