H orizon Nexus Journal | Vol . 0 4 | Núm . 0 1 | Ene Mar | 202 6 | www.horizonnexusjournal.editorialdoso.com ISSN: 3073 - 1275 155 Artículo Conflicto entre los derechos de acceso a la información y la privacidad Conflict between rights of access to information and privacy Jadira Estefanny Ochoa Rivadeneira 1 * y Juana de Jesus Ochoa Soledispa 2 1 Universidad Laica Eloy Alfaro de Manabí , Ecuador , Manta ; https://orcid.org/0009 - 0008 - 1567 - 8187 2 Universidad Laica Eloy Alfaro de Manabí , Ecuador , Manta ; https://orcid.org/0009 - 0002 - 1668 - 1130 ; juana.ochoa@uleam.edu.ec * Correspondencia : e2350461428@live.uleam.edu.ec https://doi.org/10.70881/hnj/v4/n1/106 Resumen: Esta investigación se centra en el conflicto que existe entre el derecho de acceso a la información pública y el derecho a la privacidad en Ecuador, dos garantías esenciales para el buen funcionamiento de la democracia, la transparencia y la prote cción de la dignidad de las personas. Se consultaron fuentes jurídicas oficiales y jurisprudencia relevante, se aplicaron encuestas a 34 6 personas y se interrelacionaron los diversos enfoques, que hacen los encuestados de la eficacia de la protección juríd ica existente. La mayoría de los encuestados se siente muy inquietos por la privacidad de su información, además de que no confían en las compañías para manejar los datos que les son confiados, según lo evidencian los resultados. Examinar estos elementos d emuestra que es necesario hallar un equilibrio auténtico entre la defensa de la privacidad y la transparencia. Para lograrlo, es esencial contar con regulaciones más transparentes, fomentar la educación digital de los usuarios y crear procedimientos de con trol que sean simples pero efectivos al mismo tiempo. En conclusión, garantizar la privacidad sin sacrificar la transparencia requiere un enfoque integral y responsable, que incorpore la dimensión ética en el manejo de los datos y que, al mismo tiempo, for talezca la confianza de la ciudadanía . Palabras clave: Privacidad; transparencia; acceso a la información; protección Abstract: This research looks at the tension between access to public information and the right to privacy in Ecuador, two principles that play a key role in democratic life, transparency, and the protection of human dignity. To better understand this issue, official legal documents and relevant court rulings were reviewed, and surveys were carried out with 34 6 participants. B ringing these elements together made it possible to identify people’s main concerns. The results show that most participants are genuinely worried about the safety of their personal data and feel uncertain about the way companies handle the information the y are entrusted with. Overall, the analysis points to the need for a more balanced approach that respects both transparency and privacy. Achieving this balance requires clearer rules, better digital awareness among users, and practical control mechanisms t hat are easy to understand and use. In conclusión, ensuring privacy without sacrificing transparency requires a comprehensive and responsible approach that incorporates the ethical dimension in data management and, at the same time, strengthens trust. Ke ywords : Privacy; transparency ; acces to information; protection. Cita: Ochoa Rivadeneira, J. E., & Ochoa Soledispa, J. de J. (2026). Conflicto entre los derechos de acceso a la información y la privacidad. Horizon Nexus Journal , 4 (1), 155 - 164. https://doi.org/10.708 81/hnj/v4/n1/106 Recibido: 02 / 02 /20 26 Revisado: 06 / 03 /20 26 Aceptado: 09 / 03 /20 26 Publicado: 1 2 / 03 /20 26 Copyright: © 202 6 por los autores . Este artículo es un artículo de acceso abierto distribuido bajo los términos y condiciones de la Licencia Creative Commons, Atribución - NoComercial 4.0 Internacional. ( CC BY - NC ) . ( https://creativecommons. org/licenses/by - nc/4.0/ )
Horizon Nexus Journal Horizon Nexus Journal | Vol.0 4 | Núm 0 1 | Ene Mar | 202 6 | www.horizonnexusjournal.editorialdoso.com 156 1. Introducción El reconocimiento y la garantía de los derechos fundamentales se han convertido en uno de los pilares que integran un Estado constitucional de derecho en la actualidad. Es por esto que el derecho a la intimidad y el derecho al acceso a la información públi ca constituyen derechos fundamentales profundamente interrelacionados con la dignidad humana, la democracia y el control sobre las autoridades (Hernandez, Moscoso, & Alvarez, 2025) . Sin embargo, no siempre coexisten de forma a rmónica; más a menudo se ven en conflicto, puesto que la aplicación de uno puede afectar el ejercicio de los derechos de otro, complicando las decisiones sociales, éticas o jurídicas al respecto (Rodas, Alomoto, & Alvarado, 2025) . En Ecuador, el reconocimiento de los derechos fundamentales se ha modificado drásticamente a comparación de lo que proclamaba la Constitución de 2008, que estableció un Estado constitucional de derechos y justicia. Sin embargo, el derecho al acceso a la información pública, así como el derecho a la privacidad, desempeñan un papel especial entre ellos, los dos son vistos como garantías del funcionamiento de la democracia, la transparencia y la dignidad humana (Rodas, Alomoto, & Alvarado, 2025) . Al hablar de derecho a la información pública se menciona que es la libertad de acceso a la información que tiene que ver con la capacidad de la población de conocer lo que están haciendo las instituciones del Estado, el uso de su rec urso y las decisiones que tengan impacto directo en la vida colectiva. Es relevante porque, asimismo, fortalece el derecho de la población de pedir cuentas e impone en la resolución de la opacidad institucional, algo bastante considerado en un país que exi ge transparencia (Rivera & Maldonado, 2023) La implementación de plataformas digitales, genera retos tanto éticos como legales especialmente cuando se trata de la protección de los servidores públicos. Si bien el derecho de ac ceso a la información es un derecho fundamental este no es absoluto y debe de guardar equilibrio con el derecho a la intimidad, principalmente cuando la divulgación involucra aspectos de la vida personal que no guardan relación con el ejercicio de las func iones públicas. (Salvador & Issa, 2006) . Se brinda una perspectiva equilibrada y profunda acerca de la violación del derecho a la privacidad en el contexto de Ecuador. Se prevé que los descubrimientos no solo posibiliten una comprensión más profunda de los retos de la privacidad digital en Ecuador, sino que además promuevan un diálogo productivo y una reflexión común acerca de lo fundamental que es salvaguardar este derecho en un contexto tecnológico que está e n constante cambio. En última instancia, el propósito de esta investigación es enriquecer la discusión y guiar acciones que ayuden a mantener la privacidad en la época digital, lo cual beneficiará a toda la sociedad ( Kong & Kaabi, 2025). El propósito centr al de este trabajo es aproximarse al conflicto que se presenta entre el derecho a la privacidad y el derecho de acceso a la información pública en Ecuador, de forma comprensible y reflexiva, considerando que ambos son fundamentales para una sociedad democr ática y para salvaguardar la dignidad humana. Para conseguirlo de manera específica se plantean primero, examinar de manera clara y comprensible cómo la Constitución, las leyes y las decisiones judiciales de Ecuador regulan estos derechos en la práctica, también identificar situaciones cotidianas y casos particulares donde la
Horizon Nexus Journal Horizon Nexus Journal | Vol.0 4 | Núm 0 1 | Ene Mar | 202 6 | www.horizonnexusjournal.editorialdoso.com 157 necesidad de transparencia entra en conflicto con la privacidad de las personas, revelando sus verdaderos efectos en la sociedad y por último, ofrecer ideas que faciliten el ejercicio de estos derechos con sensibilidad y equilibrio, promoviendo una cultura de información abierta que mantenga siempre presente el respeto a los derechos individuales e íntimos de cada ciudadano. 2. Materiales y Métodos El artículo se desarrolla a partir de una metodología cualitativa que busca comprender el problema desde una perspectiva integral. Para ello, se emplean métodos como el analítico sintético, que ayuda a descomponer y luego integrar los conceptos clave, orientando a interpretar las normas juríd icas más relevantes; y el inductivo, que parte de casos concretos para llegar a conclusiones generales. Se utilizaron fuentes jurídicas oficiales como: La Superintendencia de la Información y Comunicación (SUPERCOM). Esta revisión permitió conocer de prime ra mano las leyes, reglamentos y políticas públicas vigentes en materia de privacidad y protección de datos personales. Asimismo, se revisaron casos judiciales relevantes, lo que ayudó a comprender cómo los tribunales ecuatorianos han aplicado en la prácti ca normas como la Constitución de la República, el Código Orgánico Integral Penal y la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales frente a situaciones reales de vulneración de la privacidad en el entorno digital. Según Sampieri, Collado y Lucio (2014), se indica de forma complementaria que la investigación se apoyó en el análisis de datos obtenidos a través de encuestas, con el objetivo de acercarse a la realidad desde la experiencia y percepción de las personas. Estos datos fueron analizados combinando herramientas cuantitativas, como estadísticas descriptivas y análisis de correlación. Este enfoque holístico hizo posible que se desarrollará un entendimiento amplio, robusto y contextual acerca de la situación de la privacidad y la protección de datos pe rsonales en Ecuador. En este estudio se utilizó la encuesta como principal herramienta de recolección de información, tomando como referencia el instrumento elaborado por Rivera y Maldonado (2023). El cuestionario fue aplicado a 343 personas, distribuidas en 168 habitantes de la parroquia Rio verde en la ciudad de Santo Domingo y 175 habitantes de la comunidad el Beaterio de la ciudad de Quito. Por lo que a través de sus respuestas se buscó conocer de manera directa sus percepciones y experienc ias, con el objetivo de comprender mejor cómo se viven y se ponen en juego los derechos de acceso a la información y a la privacidad en situaciones concretas. 3. Resultados Las preguntas se formularon con el objetivo de saber cuánto conocimiento tienen sob re las políticas de privacidad, además de recopilar experiencias en relación con el uso y la protección de sus datos personales. Asimismo, se les permitió expresar cómo perciben los peligros y las amenazas a su privacidad, también cuáles son los temas que les preocupan más en relación con este derecho fundamental.
Horizon Nexus Journal Horizon Nexus Journal | Vol.0 4 | Núm 0 1 | Ene Mar | 202 6 | www.horizonnexusjournal.editorialdoso.com 158 L os resultados obtenidos de la encuesta realizada a las 346 personas indico que el 83,4% que si le inquieta la privacidad de su información. Este hallazgo indica que una gran cantidad de usuarios siente que su información personal puede estar expuesta o en riesgo dentro del entorno. Por otro lado, un 16,6 % indicó no sentirse particularmente preocupado; esto podría ser resultado de una confianza excesiva en la seguridad de los sistemas o de una esc asez de información sobre el asunto. Además, e l 38,8 % de los encuestados indico que alguna vez sufrió robo de información personal. A pesar de que el 61,2% no ha experimentado este tipo de circunstancias, el número de casos documentados suscita inquietud y enfatiza la necesidad urgente de fortalecer las medidas de protección y seguridad en el entorno. Se muestra también un considerable grado de desconfianza hacia la manera en que las empresas gestionan los datos de sus usuarios, lo que evidencia la necesid ad de una regulación más clara sobre el uso de datos por parte del sector privado, así como de mecanismos de control más eficaces y mayor transparencia. El 69,4 % de ellos reconocieron que no están al tanto de las condiciones y términos de privacidad de la s plataformas que utilizan diariamente. Este resultado pone de manifiesto una significativa falta de información, dado que muchas personas aceptan estas políticas sin leerlas, lo cual disminuye su capacidad para tomar decisiones con pleno conocimiento sobr e la gestión y protección de sus datos personales. El 77% si admitieron haber autorizado el acceso a información personal sensible, como su localización o lista de contactos. Este resultado revela una situación común, a pesar de que hay inquietud acerca de la privacidad, en realidad muchos usuarios acaban compartiendo información por necesidad o comodidad, sin pensar completamente en las consecuencias potenciales. Se menciona también que las leyes actuales no ofrecen una protección adecuada a la privacidad en Internet. Esta percepción evidencia que hay una impresión generalizada de que las normas vigentes no son capaces de abordar los problemas del entorno digital, lo cual resalta la importancia de fortalecer los marcos jurídicos y garantizar su i mplementación efectiva ante los nuevos retos tecnológicos. El sentimiento de que los mecanismos legales actuales no son suficientes para proteger debidamente la privacidad de las personas, así como el temor ante el rápido progreso de la tecnología, se mani fiestan en este amplio consenso. El 58,3 % de los encuestados expresó su desacuerdo con el monitoreo estatal, lo que indica una clara inquietud por la posible vulneración a la privacidad individual y el uso excesivo del poder. Este resultado evidencia la t ensión entre la protección de las libertades individuales y la necesidad de seguridad, que es un debate fundamental en el derecho digital contemporáneo. Las respuestas indican que, aunque la mayoría de los individuos considera esencial fortalecer las leyes , también enfatizan lo importante que es optimizar la educación digital y otorgar a los usuarios más control sobre su información personal. Esto demuestra que proteger la privacidad no se consigue con una sola medida, sino que necesita un enfoque integral que incluya normas claras, ciudadanos informados y un compromiso auténtico de las instituciones. 4. Discusión Las personas encuestadas viven con una preocupación constante por proteger su privacidad cuando usan plataformas digitales o comparten información y datos
Horizon Nexus Journal Horizon Nexus Journal | Vol.0 4 | Núm 0 1 | Ene Mar | 202 6 | www.horizonnexusjournal.editorialdoso.com 159 personales. Esto se refleja en el recelo que sienten al compartir información personal y en la percepción extendida de que muchas empresas no cuidan adecuadamente este derecho (Rojas & Ruia, 2025). No obstante, los resultados también muestran una realidad muy humana y cotidiana, aunque existe conciencia sobre los riesgos, en la práctica muchas personas terminan permitiendo el acceso a datos sensibles, como la ubicación o los contactos, ya sea por comodidad, necesidad o falta de información clara, s in detenerse siempre a pensar en las posibles consecuencias (Rodas, Alomoto, & Alvarado, 2025) Los resultados muestran que muchas personas sienten que las leyes no las protegen cuando proporcionan datos personales. A esto se suma que, en la mayoría de los casos, no se entienden bien los términos y condiciones de las plataformas, lo que hace que se acepten decisiones sin tener claro qué pasa con los datos personales. Esta realidad deja claro que se necesita una regulación más fuerte, mayor control y más tran sparencia para proteger mejor a los usuarios en el entorno digital. Derecho de acceso a la información y vida privada Una de las garantías más relevantes con rango constitucional en Ecuador, alineada con tratados y convenciones internacionales de derechos humanos, es la Acción de Protección, contemplada en el Título II, Sección II, Capítulo III, artículo 39 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional. Esta herramienta permite a los ciudadanos protege r de manera inmediata sus derechos frente a violaciones u omisiones de estos, asegurando su resarcimiento y salvaguarda (Rivera & Maldonado, 2023). Chomanski y Lauwaert (2025) destacan que la Constitución a diferencia de la relación entre privacidad y libe rtad de información, parece ubicar la intimidad más allá del alcance del principio de publicidad que rige los órganos estatales. Esto se comprende teniendo en cuenta que la publicidad estatal está regulada sobre todo por el artículo Art. 18 de la Constituc ión y de la Ley Organica de Acceso a la Información Pública Art. 10, lo cual garantiza que el derecho a la vida privada permanezca inalterable y no sea perjudicado por el acceso a la información pública. Robles (2006), menciona que estos principios se desa rrollan de manera práctica a través de leyes nacionales, como la Ley Orgánica de Transparencia y Acceso a la Información Pública en Ecuador, que establece los métodos para acceder a información pública y detalla las excepciones relacionadas con datos perso nales y con la seguridad nacional. No obstante, en la práctica estas regulaciones representan retos, sobre todo cuando se trata de funcionarios públicos, quienes por su posición tienen que someterse a un mayor escrutinio, pero sin que eso signifique una en trega automática de su privacidad Las resoluciones de la Corte Constitucional ecuatoriana han desempeñado un papel esencial en la interpretación y el balance de estos derechos en circunstancias de conflicto. En la resolución N°.839 - 14 - EP/21, el tribunal s ubrayó la necesidad de Asegurar el acceso a la información con el fin de robustecer la democracia, determinando que este derecho tiene que ser ejercido de manera responsable, particularmente cuando hay un peligro de poner en riesgo la privacidad de las per sonas (Rodas, Alomoto, & Alvarado, 2025).
Horizon Nexus Journal Horizon Nexus Journal | Vol.0 4 | Núm 0 1 | Ene Mar | 202 6 | www.horizonnexusjournal.editorialdoso.com 160 La sentencia N°. 839 - 14 - EP/21 de la Corte Constitucional del Ecuador se establece como un modelo en la comprensión del derecho a la información en el contexto de la democracia. En esta decisión, la Corte destacó qu e acceder a la información pública es una base esencial para la transparencia y la rendición de cuentas en un sistema democrático (Rodas, Alomoto, & Alvarado, 2025). Alcance del derecho a la información Se comprende el derecho a la información como la habi lidad de las personas para acceder a datos de interés público, lo cual fomenta que los ciudadanos pidan cuentas y hace más transparente la administración del Estado (Kucharczyk & Joachymczyk, 2021). Para prevenir conflictos con otros derechos fundamentales , sobre todo con el derecho a la intimidad, el derecho a la información tiene restricciones. Estos límites incluyen datos personales, información clasificada por seguridad nacional y documentos vinculados a investigaciones judiciales en proceso. Su meta es salvaguardar la dignidad y los derechos humanos, alcanzando un balance entre lo privado y lo transparente. (Rojas & Ruia, 2025). De acuerdo con la Corte Constitucional del Ecuador, el acceso a la información pública es una herramienta clave para prevenir l a corrupción y fortalecer un gobierno transparente. Sin embargo, este derecho debe ejercerse con responsabilidad, respetando las normas que protegen la privacidad de las personas involucradas. En este contexto, tanto las leyes como las decisiones judiciale s buscan equilibrar la transparencia con la protección de la vida privada, garantizando un uso justo y adecuado de la información por parte de la ciudadanía y de los funcionarios públicos (Rivera & Maldonado, 2023). El derecho a la privacidad y el derecho de acceso y libertad de expresión no son excluyentes en términos conceptuales. Sin embargo, la promoción del debate sobre temas públicos o la publicidad de los órganos estatales, que se deriva de estos dos últimos derechos, no pueden ser vistos como un bie n jurídico superior que justifique sacrificar la privacidad. Asociar el valor que promueve un derecho con un bien superior de otro derecho perjudica la visión del interés público real, porque de alguna manera está vinculado con el ejercicio de uno de los d erechos (Salvador & Issa, 2006). Alcance del derecho a la intimidad La vida personal de cada persona está protegida por el derecho a la intimidad, que permite a cada uno salvaguardar elementos como sus preferencias, creencias, comunicaciones privadas y rel aciones familiares. Esta prerrogativa básica cuenta con el apoyo de varios instrumentos internacionales, como el artículo 12 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, que prohíbe toda intervención arbitraria en la vida privada de los individuos (Xu, Jug & Tamo Larrieux, 2024). El derecho a la privacidad en la legislación ecuatoriana En Ecuador, el derecho a la privacidad se reconoce y se protege como un derecho fundamental de todos los ciudadanos. La Constitución de la República del Ecuador incluye v arias disposiciones destinadas a garantizar y resguardar este derecho, tanto en el ámbito digital como en otros contextos de la vida cotidiana.
Horizon Nexus Journal Horizon Nexus Journal | Vol.0 4 | Núm 0 1 | Ene Mar | 202 6 | www.horizonnexusjournal.editorialdoso.com 161 El Código Orgánico Integral Penal (COIP) del Ecuador defiende el derecho a la privacidad y determina castigos p ara aquellos que lo infrinjan. Esto comprende actividades como examinar, registrar, replicar o distribuir datos de carácter personal, además de mensajes, audios, videos, correspondencia u otros tipos de comunicación privada. De igual manera, esta disposic ión protege la correspondencia personal, al prohibir su apertura, sustracción o destrucción sin el consentimiento del destinatario. Cuando se interceptan o alteran emails, mensajes o comunicaciones en línea, su uso se amplía al ámbito digital, salvaguardan do así la privacidad de las personas ante actos ilegales (Código Orgánico Integral Penal (COIP), 2014). El a rtículo 179: determina que cualquier individuo que, debido a su puesto, trabajo o profesión, tenga conocimiento de un secreto cuyo descubrimiento pu eda perjudicar a alguien y lo revele al público, puede ser condenado con una pena de seis meses a un año de prisión. Si el secreto tiene importancia para el interés público, no se considera un delito. Asimismo, la divulgación sin consentimiento de contenid o digital íntimo de alguien más ya sean videos, audios, imágenes, correos electrónicos o mensajes puede ser sancionada con una condena que va de uno a tres años de cárcel. De este modo se protege la privacidad y la integridad personal frente a la diseminac ión no autorizada de información delicada (Código Orgánico Integral Penal (COIP), 2014). Según lo estipulado en el artículo 180 del Código Penal, la divulgación de información que no se puede compartir libremente puede conllevar una pena de prisión de uno a tres años. La información de circulación restringida es la que la ley protege mediante cláusulas de confidencialidad, además de la producida por la Fiscalía durante las investigaciones correspondientes y cualquier dato sobre menores que pueda violar sus derechos conforme al Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia (Código Orgánico Integral Penal (COIP), 2014). A pesar de que hay un interés legítimo en informar a la ciudadanía sobre cómo se desempeñan sus funciones, esto no debería permitir que se invad a su vida privada. Cuestiones personales como la intimidad, la familia o la vida sexual no deberían ser divulgadas a menos que tengan una relación directa con un delito (Piñar, Duprat, & Rodota, 2014). Aunque la norma no señala de manera expresa que estos hechos puedan involucrar aspectos protegidos por la vida privada, esta interpretación se desprende de forma implícita, ya que la propia disposición excluye del interés público la difusión de información sensible relacionada con la intimidad personal (Villa nueva, 2006). 5. Conclusiones La investigación permitió ver de manera clara que, en Ecuador, el conflicto entre el derecho de acceso a la información y el derecho a la privacidad no es algo lejano, sino una situación que cada vez se hace más evidente, sobr e todo en el mundo digital, donde la transparencia y el manejo de los datos personales a menudo chocan. Al analizar el marco constitucional, se observa que, a pesar de que en Ecuador hay regulaciones diseñadas para salvaguardar la privacidad y asegurar el acceso a los datos, estas no han sido suficientes ante el avance acelerado de la tecnología y las
Horizon Nexus Journal Horizon Nexus Journal | Vol.0 4 | Núm 0 1 | Ene Mar | 202 6 | www.horizonnexusjournal.editorialdoso.com 162 novedosas maneras de gestionar la información personal. Esta situación ha generado brechas en la regulación y ha hecho que un gran número de personas sientan que su información no está realmente protegida ni segura. En la vida cotidiana, numerosas personas proporcionan sus datos personales sin saber con certeza para qué se utilizarán ni quién tendrá acceso a ellos. La ausencia de control complica la protección de la privacidad y, al mismo tiempo, impacta la confianza que las personas tienen en las entidades públicas y privadas responsables de gestionar esos datos. Es esencial establecer directrices claras y justas que permitan la implementación efectiva de los dos derechos, basándose en reglas más firmes, en la educación digital de la población y en sistemas de control que sean fáciles de usar y accesibles. Estas medidas ayudarían a asegurar que la gestión pública sea transparente, sin comprometer la dignida d, la intimidad ni los derechos fundamentales de las personas. Contribución de los autores: Conceptualización, JEOR . y JJOS .; metodología, JEOR . y JJOS .; software, JEOR .; validación, JJOS .; análisis formal, JJOS .; investigación, JEOR . y JJOS .; recursos, JEOR . y JJOS .; redacción del borrador original, JEOR . y JJOS .; redacción, revisión y edición, JEOR . y JJOS .; visualización, JEOR . y JJOS .; supervisión, JEOR . Todos los autores han leído y aceptado la versión publicada del manuscrito. Financiam iento: El proceso investigativo no ha recibido financiación externa. Conflicto de intereses : Los autores declaran no tener ningún conflicto de intereses Declaración de disponibilidad de los datos: Los datos están disponibles previa solicitud a los autores de correspondencia: e2350461428@live.uleam.edu.ec Referencias Bibliográficas Hernandez, G., Moscoso, R., & Alvarez, J. (Junio de 2025). Protección de datos personales y derechos humanos en Ecuador: Desafíos en la era de la inteligencia artificial y la digitalización. Revista Multidisciplinaria de Investigación Cientifica , págs. 2 - 4 . Palomares, H. (2018). Transparencia y acceso a la información en el sector público: ( ed.). LA LEY Soluciones Legales S.A. Piñar, J., Duprat, J., & Rodota, S. (2014). Derecho administrativo: transparencia, acceso a la información y protección de datos. Madrid: Editorial Reus. Prado, G. (2009). Los derechos fundamentales y la aplicación en la justicia constitucional. El Cid Editor. Rivera, Y., & Maldonado, L. (01 de Septiembre de 2023). Vulneración del derecho a la privacidad dentro de la era digit al en el Ecuador. Ciencias Sociales y Politica , pág. 3.
Horizon Nexus Journal Horizon Nexus Journal | Vol.0 4 | Núm 0 1 | Ene Mar | 202 6 | www.horizonnexusjournal.editorialdoso.com 163 Rodas, J., Alomoto, M., & Alvarado, L. (29 de Abril de 2025). El derecho a la información frente al derecho a la intimidad. Revista de Investigación en Ciencias Juridicas , págs. 2 - 3. Rojas, A., & Ruia , J. (Noviembre de 2025). El acceso a la información pública frente al manejo de datos personales en la función Judicial. Revista Sociedad & Tecnología , pág. 3. Salvador, N., & Issa, L. (2006). Dereecho de acceso a la información publica parlamentaria. Mex ico: Editorial Miguel Angel Porrua. Villanueva, E. (2006). Derecho de acceso a la información en el mundo. Mexico: Editorial Miguel Angel Porrua. Kong, P., & Kaabi, J. (2025). Privacidad en constante cambio: Una revisión sistemática de 35 años sobre la evo lución jurídica, la eficacia y los desafíos globales (enfoque en EE. UU. y la UE con comparaciones internacionales) . Journal of Cybersecurity and Privacy, 5 (4), 103. Chomanski, B., & Lauwaert, L. (2025). Privacidad digital y derecho: El desafío de la captura regulatoria. IA y Sociedad, 40 , 2777 2787. Kucharczyk, K., & Joachymczyk, P. (2021). El derecho a la privacidad y la protección de datos personales en la era de las nuevas tecnologías. Revista Científica de la Facultad de Finanzas y Derecho de Biel sko - Biala, 25(4), 23 28. Sianipar, K. R. D., Rahmayanti, R., & Gultom, A. (2025). Protección de los derechos de privacidad en la era digital: entre la ciberseguridad y la libertad de información. Revista Internacional de Derecho y Sociedad, 2 (3), 247 252. Xu, I., Jug, Ž., & Tamo - Larrieux, A. (2024). A cross - cultural analysis of transparency: The interplay of law, privacy policies, and user perceptions . International Data Privacy Law, 14 (3), 197 222. Asamblea Nacional. (2009). Ley Orgánica De Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional. [Organic Law on Jurisdictional Guarantees and Constitutional Oversight]. Ley 0 Registro Oficial Suplemento 52 de 22 - oct - 2009 Estado: Vigente. Asamblea Nacional Constituyente de la República del Ecuador, (2008). Constitución de la República del Ecuador. [Constitution of the Republic of Ecuador]. Montecristi. Registro Oficial 449 de 20 - oct - 2008. Rodríguez, M. (2020). Gestión ética de la información pública. Derech o y Sociedad, 32(4), 120 135. Astudillo, J. (2020). El derecho a la vida privada de los funcionarios públicos frente al derecho de acceso a la información pública. Un estudio a la luz de la jurisprudencia del Consejo para la Transparencia en Chile. Derecho Global. Estudios sobre Derecho y Justicia, 5(15), 89 112.
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